El 28 de septiembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Legislativo N° 1669, el cual establece modificaciones importantes en la normativa tributaria, específicamente en la forma de llevar el Registro de Compras y el Registro de Ventas. Estos cambios tienen como objetivo mejorar la fiscalización y control de la información tributaria, adaptándose a la transformación digital que atraviesa el país. A continuación, resaltamos los cambios más relevantes de esta norma y su impacto en los contribuyentes.
Principales cambios en la anotación de comprobantes de pago
la eliminación del plazo de 12 meses que tenían los contribuyentes para anotar los comprobantes de pago y documentos tributarios en el Registro de Compras es uno de los aspectos más relevantes del Decreto Legislativo 1669 es. A partir de la entrada en vigencia de esta norma, se establecen nuevas fechas límite para la anotación de los comprobantes, diferenciándose según el tipo de documento:
- Comprobantes Electrónicos: Deberán ser anotados en el Registro de Compras en el mismo mes de su emisión o del pago del impuesto correspondiente. La no anotación en este plazo resultará en la pérdida del derecho al crédito fiscal para el contribuyente.
- Comprobantes Físicos o Emitidos de Forma No Electrónica: Podrán ser anotados hasta los 2 meses siguientes al mes de su emisión o del pago del impuesto, manteniéndose la vigencia del crédito fiscal.
- En el caso de documentos sujetos a sistemas especiales: como las detracciones, se extiende el plazo hasta 3 meses posteriores a su emisión.
Se elimina el plazo de 12 meses para anotar los comprobantes
Con el Decreto Legislativo 1669 se elimina el plazo que se tenía de 12 meses siguientes a la emisión del comprobante o del pago del impuesto para la anotación de los documentos en el Registro de Compras. Este cambio busca reducir la informalidad y asegurar que los registros se lleven de manera oportuna, garantizando así la correcta aplicación del crédito fiscal en los periodos correspondientes.
Implicancias del Decreto Legislativo en la práctica contable y tributaria
El Decreto Legislativo 1669 entra en vigencia en la fecha en que SUNAT emita la resolución que regule la forma, requisitos y condiciones para que los contribuyentes puedan confirmar, rectificar o complementar la información propuesta por la administración tributaria respecto del Registro de Ventas y Registro de Compras.
En consecuencia, esta norma representa un desafío y a la vez una oportunidad para los contribuyentes, principalmente para aquellos que mantienen cantidad de comprobantes de pago considerables.



