REPARTO DE UTILIDADES 2025

La empresas privadas suelen realizar el reparto de las utilidades entre sus trabajadores entre los meses de marzo y abril de cada año. Por ello, es importante precisar algunos aspectos de este beneficio.

Todas las empresas del sector privado que tuvieron más de 20 trabajadores en planilla y generaron utilidades tributarias (rentas de Tercera Categoría) el año anterior, deben repartir un porcentaje de estas ganancias entre sus colaboradores.

¿Quiénes reciben el beneficio?

  • Recibirán utilidades todos los trabajadores en planilla que, al menos, laboraron un día el año anterior.
  • Incluye a colaboradores temporales y de plazo indefinido, de tiempo completo y de tiempo parcial, extranjeros y peruanos.
  • Sin embargo, no se considera a los practicantes, a las personas que emiten recibos por honorarios, ni a los trabajadores informales.
  • Es importante resaltar, que no es necesario que la persona siga laborando en la compañía para recibir este pago, por lo que, los extrabajadores que estuvieron el año anterior en la empresa también recibirán dicha bonificación.

¿Qué porcentaje de las utilidades se debe repartir?

El porcentaje dependerá de la actividad económica de la empresa, y fluctúa entre 5% y 10% de la utilidad obtenida antes de impuestos.

  • 10% para las empresas industriales, pesqueras y de telecomunicaciones.
  • 7.5% empresas agrarias
  • 8% para las empresas mineras, del sector comercio y restaurantes.
  • 5% para las demás empresas.

¿Cómo se reparten las utilidades?

  • El 50% del total a repartir está en función de los días efectivamente laborados por el trabajador en la empresa, por lo que no depende del sueldo ni del cargo que se tenga.
  • El otro 50% se repartirá en función de la remuneración total percibida por el trabajador durante el año.

Por lo tanto, hay que tener en cuenta que no todos los trabajadores reciben el mismo “número de sueldos” por utilidades, ya que la mitad de este beneficio se reparte sin considerar la remuneración.

“Por ejemplo, en la empresa ABC S.A.C. Que tiene más de 20 trabajadores, cuenta con un asistente que gana S/1,500 mensuales y que podría recibir S/ 6,000 de utilidades (4 veces su sueldo), mientras que un supervisor que gana S/ 4,000 mensuales podría recibir S/ 8,000 de utilidades (2 veces su sueldo)”. Esto podría depender del tiempo que han laborado los trabajadores durante el ejercicio anterior

¿Cuál es el monto máximo que puede recibir un trabajador en utilidades?

El monto máximo de pago de utilidades por trabajador es de 18 sueldos.

¿Qué sucede si no pagan las utilidades a tiempo?

El plazo máximo para el pago es de 30 días calendario posteriores a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la SUNAT por parte de la empresa, la cual tiene como fecha límite el cronograma de vencimientos publicados por SUNAT según el último digito de su RUC.

En caso no se efectúe el depósito a tiempo, el trabajador tiene derecho de solicitar el pago de intereses por los días de retraso. Por otra parte, la empresa podría recibir una multa de más de S/ 129,000, dependiendo del número de trabajadores afectados.

¿Qué entidades no están obligadas al reparto de utilidades?

No están obligadas a realizar este pago las instituciones del sector público, las organizaciones sin fines de lucro, las empresas privadas que el año anterior tuvieron 20 trabajadores o menos en planilla, y las empresas privadas con pérdidas tributarias o que arrastran pérdidas de años anteriores. Tampoco les corresponde dicha repartición a las microempresas.